En nuestro Poder, sus declaraciones aparecidas en el Periódico El Nacional, del Martes 10 de Junio del 2008, las cuales citamos textualmente:
El funcionario afirmó que el tema de la Migración plantea un conflicto, porque la Constitución dominicana establece que: son dominicanos los hijos de dominicanos (ius sanguinis) y los nacidos en el territorio nacional………. (Invocación del Ius Solis entendemos nosotros).
Según el articulo 11 de la Constitución, el derecho a la nacionalidad por nacimiento en nuestro territorio, esta condicionado por la legalidad del transito de los padres en dicho territorio, toda vez que la ilegalidad de los padres, se transfiere a los hijos nacidos en el país, cuando el padre y la madre son extranjeros ilegales.
La modificación de la Constitución para el caso de establecer la nacionalidad dominicana en base al Ius Sanguinis la compartimos, naturalmente, esto no significa, que en la actualidad se pueda, ni se deba considerar como dominicanos, los hijos de ilegales nacidos en el territorio nacional.¿Cual es la opinión de la SCJ y de la JCEsobre este particular?.
Formación Académica Doctor en Economía y Comercio, graduado en la Universidad de los Estudios de Padova (Italia), julio 1970, registrado bajo la matrícula No.4876.
Experiencia de Trabajo en el País.
Superintendencia de Bancos: Inspector Especial en dos ocasiones, habiendo dirigido la última inspección general realizada al Banco Central de la República Dominicana en 1975.
Corporación Dominicana de Empresas Estatales: Analista Financiero y de Presupuesto.
Banco de Reservas de la República Dominicana: Director de Planificación y Estudios Económicos.
Banco Nacional de la Construcción: Gerente General.
Universidad Pedro Henriquez Ureña: Profesor de Administración Financiera y Presupuesto.
Banco Hipotecario Bancomercio: Representante del Banco en New York.
Trabajo Anterior
Consejo Nacional de Fronteras: Gerente Financiero y Administrativo.
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